Pensión Alimenticia
A lo largo de mi carrera ha sido recurrente la pregunta de qué incluyen los alimentos tratándose de pensión alimenticia, el articulo 304 del código civil del estado de Tabasco menciona que estos comprenden, comida, vestido, habitación y asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores, los alimentos comprenden ademas, los gastos necesarios para su educación básica obligatoria para ofrecerle así algún oficio, arte o profesión estos adecuados a sus circunstancias personales; así como para su sano esparcimiento que le permita un desarrollo integral. Partiendo de este punto, muchas veces las pensiones decretadas de manera líquida a los deudores es risible pues en algunos casos o en su mayoría son pensiones de $2000 pesos mensuales, algunas veces para dos o tres hijos incluyendo a la progenitora, de esto si dividimos dicha cantidad entre 30 días promedio el resultado es de 66.66 pesos diarios. Ahora bien la pregunta sería ¿Alcanzará con esta cantidad para cubrir los gastos necesarios, ya no digamos de renta, gastos necesarios para la educación básica, siendo sinceros, quién come con $66 pesos diarios?